El leísmo, el laísmo
y el loísmo
Por Boris Rudeiko
Si uno vive, pongamos, en Madrid, no debe
extrañarse si oye en el autobús, en el supermercado, en la cola del cine, en la
retransmisión de un partido de fútbol, etc., expresiones como la pegó, la dijo,
le vio u otras similares en las que se usan de manera incorrecta los
pronombres personales átonos.
En las páginas que
siguen intento explicar, aun cuando no me parece tarea sencilla, con la ayuda
del dpd (Diccionario Panhispánico
de Dudas) y de la Gramática de la Lengua Española, cómo han de usarse los
citados pronombres.
Los pronombres personales átonos
A diferencia de los
pronombres personales tónicos (yo, tú, él, ella, nosotros, vosotros…), que
pueden funcionar como sujeto (Tú
sabrás), como atributo (Los culpables son ellos) o como término de preposición (Mi hermano
vendrá con nosotros), los pronombres
personales átonos (me, nos, te, os, lo, los, la, las, le, les, se) son aquellos
que funcionan como complemento verbal no preposicional (Ya te lo he dicho) o como formante de
los verbos pronominales (Ahora me
arrepiento). Precisamente por su carácter átono, se pronuncian
necesariamente ligados al verbo, con el que forman una unidad acentual. Estos
pronombres carentes de independencia fónica se denominan, en general,
«clíticos»: cuando anteceden al verbo (me
encanta; lo dijo; se fue) se llaman «proclíticos»;
cuando siguen al verbo (ayúdame,
díselo, vete) se llaman «enclíticos».
Con cierta frecuencia
nos encontramos con un uso inadecuado de los pronombres personales átonos de
tercera persona (lo, los, la, las, le y les). Existen diferentes normas que
producen en muchos hablantes confusiones de género y número gramatical de la
palabra a la que se refieren y de la función sintáctica que desempeñan los citados
pronombres. Esto da lugar a los fenómenos conocidos con los términos de leísmo,
laísmo y loísmo.
La norma primitiva, o
uso etimológico, les asigna los valores y funciones que se indican en el
siguiente cuadro:
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singular
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plural
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Tercera persona
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complemento directo
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masculino
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lo (también le cuando es
referente a un hombre)1
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los
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femenino
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la
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las
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neutro
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lo
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—
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complemento indirecto
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le (o se ante otro
pronombre átono)
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les (o se ante otro
pronombre átono)
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1 [Dada
la gran extensión en el uso de los hablantes cultos de ciertas zonas de España
de la forma le cuando el referente es un hombre, se admite, únicamente
para el masculino singular, el uso de le en función de complemento
directo de persona: ¿Has visto a Jorge? Sí, le vi ayer en el parque.]
Es el
uso más extendido en el dominio del español: predomina en Asturias,
Aragón, Andalucía, Canarias y América (salvo en parte de Ecuador, en Paraguay y
en la Guayana venezolana). La Real Academia Española lo recomienda en el uso
culto.
Dicho de manera
sencilla, el empleo de esta norma sería así:
Cuando el pronombre desempeña la función de complemento directo, deben
usarse las formas lo, los para el masculino (singular y plural,
respectivamente) y la, las para el femenino (singular y plural,
respectivamente). Veamos algunos ejemplos:
¿Has visto a Juan? Sí, lo vi ayer.
¿Has visto a Juan y a los niños?
Sí, los he
visto en el parque.
Compré la medicina y se la di sin que nadie me viera.
¿Has recogido a las niñas?
Sí, las recogí
antes de ir al taller.
Cuando el pronombre desempeña la función de complemento indirecto, deben
usarse las formas le, les (singular y plural, respectivamente),
cualquiera que sea el género de la palabra a la que se refiere. Ejemplos:
Le pedí
disculpas a mi madre.
Le dije a
su hermana que viniera.
Les di un
regalo a los niños.
Definiciones y usos
Leísmo. Se
denomina leísmo al uso de las formas de complemento indirecto le, les en
lugar de las de complemento directo lo, los (para el masculino o neutro)
y la, las (para el femenino), como en le mataron, les contrataron.
Laísmo. Consiste en utilizar
las formas femeninas de complemento directo la, las en lugar de las de
complemento indirecto le, les, como en la dije que esperara.
Loísmo. Es el uso de las formas masculinas de complemento directo lo, los en
lugar de las de complemento indirecto le, les, como en los dije que
me esperaran.
Los tres fenómenos
afectan a la forma de los pronombres, pero no a la función sintáctica que
desempeñan en la oración.
Existen tres tipos de
leísmo:
Leísmo de persona masculino. Uso
del pronombre le con sustantivos masculinos de persona, como: A Luis le castigaron en el colegio. Es el
más frecuente y no se considera incorrecto por la Academia, como ya se ha
dicho.
Leísmo de persona femenino. Uso del
pronombre le con sustantivos femeninos de persona, como: A Julia le castigaron en el colegio. Está
menos extendido, carece de prestigio y se considera incorrecto.
Leísmo de cosa. Uso del pronombre le
con sustantivos de cosa, como: Te devuelvo el abrelatas porque ya no le necesito. Se considera incorrecto tanto en singular, más
frecuente, como en plural.
Una variante de los
dos primeros tipos es el llamado leísmo de cortesía que consiste en
limitar el leísmo a los usos en que le, les concuerda con las formas usted,
ustedes, como en Le saludo atentamente. Esta forma de leísmo está
aceptada y se ha constatado en hablantes que no practican otras formas de
leísmo. He aquí algunos usos correctos (de uso frecuente en Hispanoamérica) que
suelen sustituirse en España por el «leísmo de cortesía»:
Lo/La felicito por su triunfo en el partido. (Es correcto también
el uso de le.)
Los/Las informamos de que sus revistas han llegado. (Es correcto el uso de
les.)
De todas formas, la
valoración del leísmo está en función de las alternancias entre dativo
(complemento indirecto) y acusativo (complemento directo). Unos hablantes
construyen ciertos verbos (ayudar, creer, escuchar, obedecer, pero no
solo estos) con complemento directo, mientras que otros lo hacen con complemento
indirecto. Los primeros consideran leístas expresiones como ayudarles o
creerles, que resultan naturales para los segundos. Por ejemplo, en la
mayor parte de los países americanos se construye creer con complemento
indirecto de persona (creer a María, o creerle), pero con
complemento directo de cosa (creer una historia, o creerla).
Los verbos llamados
«de influencia», aquellos que expresan acciones que tienen como objeto influir
en una persona para que realice una determinada acción, como animar, autorizar,
convencer, forzar, incitar, obligar, etc., se construyen con un complemento
directo y uno preposicional (lo obligaron a asistir a clase). Muestran
también la alternancia dativo-acusativo, sobre todo con pronombres en
masculino. Originariamente, estos verbos se construían con dativo en latín, y
en español se conservó esta función. En algunas zonas, la construcción con le
original pasó a lo/la con el tiempo, por lo que ahora conviven las dos
formas. La construcción con le suele darse en el norte de la Península Ibérica;
y con lo/la, en el sur de España y en América. Según algunos gramáticos,
no se trata de un caso de leísmo y, por ello, hablan de un leísmo aparente.
Los verbos llamados
«de afección psíquica», aquellos que designan procesos que afectan al ánimo o
producen acciones o reacciones emotivas, como afectar, asustar, asombrar,
impresionar, divertir, molestar, ofender, etc., admiten la alternancia en
el uso de los pronombres de complemento directo lo, los, la, las, y de
los de complemento indirecto le, les, dependiendo básicamente de si el
sujeto es o no agente activo de la acción y del grado de voluntariedad que
tiene o se le atribuye con respecto a la acción designada por el verbo: si el
sujeto es animado, es decir, persona, animal o ser considerado viviente, y se
concibe como agente de la acción, el complemento verbal suele considerarse
directo (A mi madre la asombro cuando como mucho), si el sujeto
es inanimado, o sea, carece de vida animal, el complemento se considera
indirecto (A mi madre le asombra mi apetito).
También se percibe la
alternancia dativo-acusativo con los verbos atender y telefonear.
El laísmo puede ser, como el leísmo, de
persona (La dije la verdad)
o de cosa (No te puedes poner esta camisa porque tengo que pegarla un botón). El segundo tipo es
algo menos frecuente que el primero. Alcanzó cierta difusión en los siglos xvii y xviii,
incluso entre escritores notables. En la actualidad pervive en ciertas regiones
de España (parte de Castilla, Cantabria y Madrid). Se recomienda evitar ambos
tipos.
El laísmo es
especialmente frecuente con los verbos que pueden construirse bien con un
complemento indirecto de persona, bien con este complemento indirecto más un
complemento directo de cosa, como en Ábrele a Ana, Ábrele la puerta a Ana; A
mi mujer le robaron, A mi mujer le robaron la cartera. El cruce de estas
estructuras puede producir secuencias con laísmo: Ábrela a Ana; A mi mujer
la robaron, si bien en algunas áreas este uso de robar se considera
transitivo.
En cuanto al loísmo, es un fenómeno
paralelo al laísmo, de modo que puede ser de persona (No lo dieron tiempo a reaccionar) o de
cosa (El asunto es como es y no hay que darlo más vueltas). En la actualidad se registra
especialmente en España, en ciertas zonas de Castilla. Aunque se atestiguan
usos loístas en escritores clásicos de prestigio, el loísmo no penetró en la
lengua literaria, a diferencia de lo que ocurrió con el leísmo y, en menor
medida, con el laísmo. Está fuertemente desprestigiado, por lo que se
recomienda evitarlo en todos los niveles de la lengua.
Algunas reglas básicas
Como hemos visto,
existen casos excepcionales dentro de la norma, ciertas ambigüedades y una
enorme variedad en los usos efectivos en las distintas zonas hispanohablantes.
De modo que es normal que a veces nos asalten las dudas. En ese caso, es útil
recurrir a las reglas básicas tradicionales que aprendimos en la escuela para
determinar en una oración cuál es el complemento directo y cuál el indirecto.
Una de ellas consiste en preguntarle al verbo ¿qué? (para el directo) y ¿quién?
o ¿a quién? (para el indirecto). Pero no siempre obtendremos una
respuesta satisfactoria así que tendremos que convertir la oración activa en
pasiva y comprobar si el complemento directo se ha convertido en sujeto paciente,
que recibe o padece la acción del verbo.
Otras fórmulas
sencillas a tener en cuenta podrían ser las siguientes:
Cuando nos referimos a la
persona se emplea lo o la, pero si nos referimos a una parte de
su cuerpo o a algo que posee, se emplea le. Esta fórmula es aplicable en
los verbos: ver, tocar, limpiar, coger, agarrar, fotografiar, dar… Como en: Lo vi cuando salió de su casa; Le vi el traje cuando salió de su casa.
Cuando las acciones se hacen sobre una persona se emplea lo o la,
si se hacen sobre algo que afecta o beneficia a una persona, se emplea le.
Esta fórmula es aplicable en los siguientes verbos: dejar, dar, traer, comprar,
aplaudir, enviar, colocar, esperar, curar, alabar, pintar, preparar, desear,
alcanzar, consultar, conocer, citar, entender, perdonar, contagiar… Como en: La besó; Le
dio un beso; Lo trajo en el coche; Le trajo la maleta en el coche.
Y, en todo caso, si
con esas reglas o fórmulas no hubiéramos conseguido resolver la ambigüedad,
podemos consultar el dpd.
Veamos un ejemplo sobre
el uso del verbo pegar. En las retransmisiones deportivas, como dije en
la introducción a este artículo, suele ser frecuente oír la expresión La
pegó. Nunca estuve muy seguro de si esto era un laísmo hasta que fui al dpd, introduje la palabra pegar y
encontré la respuesta a mis dudas:
pegar(se). 1. Cuando significa ‘dar
[un golpe o una serie de ellos] a alguien’, es transitivo; además del
complemento directo, lleva un complemento indirecto de persona: «Se volvió
el ex boxeador hacia Charo y le pegó
dos bofetadas que la tiraron al suelo» (Vqz.
Montalbán, Soledad [Esp. 1977]). A menudo se omite el complemento
directo, por quedar implícito o sobrentendido; en ese caso, el complemento de
persona, en la lengua culta de la mayor parte del ámbito hispánico, sigue
considerándose indirecto: «No es caso insólito que a un santo cualquiera sus
devotos le peguen y lo castiguen
hasta que acceda al milagro que se le pide» (Ortiz, Música [Cuba 1975]). No obstante, en estos casos,
es normal que los hablantes de ciertas zonas de España interpreten el
complemento de persona como directo: «Nos dijo que su padre la pegaba» (El País@[Esp.]
9.7.94); este uso, influido además por el régimen del verbo sinónimo golpear,
que rige complemento directo de persona, solo se da en zonas laístas, por lo
que se desaconseja en el habla culta. Lo mismo cabe decir si lo que recibe el
golpe es una cosa: «Creo que le
pego bien a la pelota» (Clarín [Arg.] 16.1.79).
2. Con el sentido de
‘pelear a golpes’, se usa en forma pronominal y lleva un complemento precedido
de con: «Los inspectores se pegaron con
él para quitarle la bomba» (Abc [Esp.] 17.2.87).
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referencias
bibliográficas
Diccionario panhispánico de dudas (dpd) 1.a edición, octubre de 2005.
Manual de la Nueva gramática de la lengua
española, Real
Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española, Espasa
Libros, Madrid, 2010.
Gramática de la Lengua Española, Emilio Alarcos
Llorach. Espasa Libros, Madrid, 1999.